La oficina de Servicios Sociales atenderá solicitudes del programa de adecuación de viviendas

El Ayuntamiento ha informado hoy de que la oficina de información de Servicios Sociales estará disponible para ayudar a cualquier persona que quiera solicitar una subvención para actuaciones acogidas al Programa de adecuación funcional básica de viviendas del Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020 de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía, cuyo plazo se abrió el 11 de mayo y expira el próximo 10 de julio.

A tal efecto, el concejal de Bienestar Social, Francisco Miranda, ha aprovechado para difundir la existencia de estas medidas de carácter social y económico destinadas a personas mayores y con discapacidad para la adecuación funcional básica de las viviendas que constituyan la residencia habitual y permanente de mayores, personas con discapacidad y movilidad reducida.

Las personas beneficiarias de esta ayudas no podrán tener ingresos familiares superiores al 2,50 el IPREM y deben reunir alguno de los siguientes requisitos: Ser titular de la Tarjeta Andalucía-Junta Sesentaycinco, tener reconocido un grado de discapacidad de, al menos, el 40 por ciento y movilidad reducida o tener reconocido un grado de gran dependencia. Además, tienen que residir de forma habitual y permanente en la vivienda objeto de la adecuación, no haber obtenido otra ayuda para la adecuación funcional de la vivienda durante los tres años anteriores a la presentación de la solicitud, no haber iniciado obras de adecuación funcional de la vivienda antes de la fecha de la presentación de la solicitud.

Podrán ser objeto de financiación actuaciones como la mejora de la seguridad y adecuación de la instalación de gas a la normativa vigente, instalación de alumbrado conmutado, adecuación del ancho de la puerta o eliminación de barreras arquitectónicas, instalación de suelos antideslizante en cuartos de baño o colocación de pasamanos en los pasillos.

Las personas solicitantes podrán ser beneficiarias de una subvención de cuantía equivalente al 70 por ciento del coste total y en caso de que fuesen preceptivos los gastos en conceptos de asistencia técnica el presupuesto se puede incrementar con un límite máximo de 600 euros.

 

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