La Parroquia de Nuestra Señora del Carmen de Monte Lope Álvarez dona un solar 2.310 m2 al Ayuntamiento de Martos

En el día de hoy se ha llevado a cabo la firma, entre El Párroco de la Parroquia de Nuestra Señora del Carmen de Monte Lope Álvarez y el Alcalde del Ayuntamiento de Martos, de la escritura de donación de un solar de 2.310 m2., de la propiedad de la parroquia.

El sacerdote la Parroquia de Nuestra Señora del  Carmen, Antonio Aranda Calvo, y el alcalde de Martos, Víctor Torres, han firmado hoy la escritura de donación de un solar de 2.310 m2. propiedad de la parroquia.

Aranda Calvo había solicitado al Ayuntamiento de Martos que aceptase la donación de  este solar con las edificaciones que en él se asientan, con una serie de condiciones, y tras la instrucción del oportuno expediente, con los informes preceptivos fue aceptada por el pleno de la Corporación el pasado 26 de abril.

Con la  firma de esta donación se regulariza la situación en la que se encontraba esta finca, asumiendo el Ayuntamiento el compromiso de dedicar este inmueble al servicio del pueblo de Monte Lope Álvarez dentro de los usos educativo o asistencial, teniendo en cuenta que la prioridad de la Parroquia es dar cobertura a las necesidades de la tercera edad y que, conscientes de las dificultades que pudiera conllevar condicionar su uso de manera exclusiva a este último, sea el Ayuntamiento quien de conformidad con las necesidades, normas de aplicación y demás condicionantes determine (siempre dentro de ellos) el que definitivamente sea más propio y adecuado.

En este sentido, se quiere hacer constar de modo expreso que el conjunto de vecinos y vecinas de la tercera edad del Monte Lope Álvarez son y serán una prioridad para la parroquia por lo que se insta, siempre que ello sea posible, a llevar a cabo actuaciones que redunden en su bienestar y beneficio.

Otra de las condiciones es que se tenga en cuenta en esta donación las necesidades que la parroquia de modo puntual pueda tener respecto de los bienes donados en el desarrollo de actos comunitarios en servicio de la comunidad, por lo que se deberá articular un sistema ágil de cesión temporal de los mismos a esta parroquia solicitando los mismo con una antelación mínima de 15 días con carácter general y ordinario que podrá ser reducidos a 48 horas en casos de urgencia o necesidad sobrevenida. De igual modo, no se podrá enajenar el inmueble revertiendo a la parroquia en este caso y no sea utilizado en acciones contrarias a la Iglesia, cuyo templo es colindante.

Todas estas condiciones han quedado recogidas tanto en el acuerdo adoptado por el pleno de la corporación de fecha 26 de abril pasado, como en la escritura de donación que se ha formalizado en el día de hoy.

 

Foto Google Maps

 

Sobre el autor

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio esta protegido por reCAPTCHA y laPolítica de privacidady losTérminos del servicio de Googlese aplican.

El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.

Scroll al inicio
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.